Presentación de la papeleta de conciliación ante el SMAC
Tienes que presentar la papeleta de conciliación en el servicio de conciliación de tu Comunidad Autónoma en el plazo de un año desde la fecha en que tuviste derecho a reclamar el pago.
El plazo se cuenta de fecha a fecha. Por ejemplo, si tienes derecho a cobrar el bonus de este año el 15 de febrero, tendrás de plazo para reclamarlo hasta el 15 de febrero del año siguiente.
En el caso de los salarios, que normalmente se pagan periódicamente, el final de cada uno de esos periodos daría comienzo al plazo de prescripción de un año. Por ejemplo, si no te han pagado el mes de noviembre, podrás reclamar hasta el 1 de diciembre del año siguiente.
¿Dónde se presenta la papeleta?
Presenta la papeleta de conciliación en el servicio administrativo correspondiente, bien a la Comunidad Autónoma en la que tiene su domicilio la empresa o a aquella en la que hayas prestado servicios.
Acto de conciliación
Una vez presentada la papeleta de conciliación ante el SMAC, se citará al trabajador y a la empresa a un acto de conciliación ante este mismo organismo público.
En el momento de presentación de la papeleta se entregará la citación al acto de conciliación en la que se indica el lugar, la fecha y la hora en que tendrá lugar la celebración de dicho acto.
La citación al acto de conciliación será notificada a la empresa, con lo que tendrá conocimiento de que el trabajador ha iniciado los trámites para la reclamación de las cantidades que le deben. Por eso, no es necesario que comuniques a tu empresa la presentación de la papeleta, pues se le va a notificar.
En algunos casos, si el SMAC tiene demasiado volumen de reclamaciones, es posible que no se celebre el acto de conciliación. En este caso habrá que esperar a que transcurra un mes desde la presentación de la papeleta para presentar directamente la demanda ante el juzgado.
Plazo para presentar la demanda de reclamación de cantidad
Si no llegamos a un acuerdo con la empresa en el acto de conciliación, deberemos presentar la demanda de reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social competente.
El plazo para la presentación de la demanda de reclamación de cantidad es de un año desde el momento en tenías derecho a reclamar las cantidades que se te deben.