Cuando la empresa te comunica el final de tu contrato de obra y servicio determinado tienes derecho a una indemnización por fin de obra o servicio.
La cantidad que te corresponda va a depender de tu antigüedad y de tu salario, pues va a ser de 12 días de salario por año de servicio.
¿Cómo calculo la indemnización que me corresponde?
Si conoces tu salario anual bruto, divídelo entre 365 para conocer el salario diario a efectos de tu indemnización por fin de obra o servicio.
Recuerda que el salario que cuenta para el cálculo es el salario bruto, no el que te ingresan cada mes en la cuenta. Si tienes dudas, ponte en contacto con nosotros, pues esta parte es crucial. Si calculas mal el salario, no te va a salir la indemnización a la que tienes derecho y puedes estar perdiendo dinero.
A continuación, calcula el periodo de duración del contrato de trabajo que se indemniza, que puede no coincidir con tu antigüedad.
Los periodos de tiempo inferiores a un mes, los contarás como meses completos. Ya que la indemnización es de 12 días por año, tendrías que multiplicar un día de salario por cada mes trabajado.
Si has trabajado con sujeción a ese contrato durante 14 meses y 10 días, tendrías derecho a una indemnización de 15 días de salario (salario bruto anual entre 365).
¿Qué plazo tengo para reclamar mi indemnización por fin de obra o servicio?
Si la empresa no te ha indemnizado al acabar el contrato de obra o servicio, tienes un plazo para reclamar la indemnización de un año desde que te comunicaron la finalización del contrato.
¿Puedo conseguir una indemnización mayor?
Si te encontrabas en una situación que pueda dar lugar a que el despido pueda ser considerado nulo o improcedente, entonces sí. Podrías reclamar la readmisión con abono de salarios de tramitación o la indemnización por despido improcedente de 33 días de salario por año de servicio en la empresa.
El plazo para reclamar sería de veinte días hábiles en este caso, no de un año.
Puedes utilizar esta vía si tu contrato se encontraba en fraude de ley, es decir porque la causa que lo justificaba no era real, o bien porque la causa de finalización no se ha producido, es decir, que la obra o servicio no ha finalizado.
¿Tengo derecho a finiquito?
Sí. Siempre tendrás derecho a cobrar el finiquito cuando finalice un contrato de trabajo, independientemente de cual sea la causa por la que se termine.
No debes confundir finiquito con indemnización. El comúnmente conocido como finiquito es la liquidación, en la que se incluirán por ejemplo los salarios del último mes, las vacaciones que te deba la empresa o cualquier otra cantidad pendiente de cobro.